Del primer vistazo a las llaves en la mano: los 6 pasos reales del proceso de compra.
Incluye no solo el precio de la vivienda, sino ITP o IVA, notaría, registro, gestoría y, si hay hipoteca, tasación y comisión de apertura si aplica.
Antes de ofertar en firme, comprueba en el Registro de la Propiedad que el vendedor es el titular real y que no hay cargas ocultas (hipotecas, embargos) sobre la vivienda.
Una vez de acuerdo en precio, se suele firmar un contrato de arras con una señal (habitualmente 10%) que compromete a ambas partes hasta la firma definitiva.
El banco tasa la vivienda y estudia tu solvencia. Este paso suele marcar los tiempos de todo el proceso — puede tardar de 2 a 6 semanas.
Certificado energético, últimos recibos de IBI y comunidad, y cédula de habitabilidad si tu comunidad autónoma la exige.
Se firma la escritura pública, se paga el resto del precio (o se formaliza la hipoteca en el mismo acto) y recibes las llaves.
Además del precio de la vivienda, el comprador asume el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en vivienda de segunda mano — cuyo porcentaje exacto varía por comunidad autónoma y puede cambiar cada año —, notaría, registro y gestoría. Como regla orientativa, conviene reservar un margen adicional sobre el precio de compra para cubrir todos estos gastos, y confirmar el porcentaje de ITP vigente con la administración autonómica antes de calcular tu presupuesto final.
Pide la nota simple registral para comprobar cargas (hipotecas, embargos), revisa el estado de las instalaciones, pregunta por el certificado energético y comprueba que el vendedor está al corriente de pago de la comunidad de propietarios.
Es una señal (habitualmente un 10% del precio) que el comprador entrega para reservar la vivienda antes de la firma definitiva. Si el comprador se echa atrás, pierde la señal; si es el vendedor quien se retira, suele devolver el doble.
Desde encontrar la vivienda hasta la firma suele tardar entre 1 y 3 meses, dependiendo sobre todo del tiempo de aprobación de la hipoteca si necesitas financiación.
No es obligatorio, el notario revisa la legalidad básica de la operación, pero un abogado o gestor independiente puede detectar riesgos (cargas ocultas, cláusulas desfavorables) que el notario no está para asesorarte de parte.
Guía orientativa, no constituye asesoramiento legal ni fiscal. Confirma siempre importes e impuestos vigentes con tu notaría o gestor.
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