Todo lo que necesitas saber sobre el encargo de venta inmobiliario en España. Y cómo CRM Focus lo genera automáticamente y lo envía a firma digital en menos de un minuto.
El encargo de venta (también llamado mandato de venta) es el contrato por el que un propietario encomienda a una agencia la gestión de la venta de su inmueble. Define las condiciones de la relación: precio de venta, comisión, plazo y exclusividad.
Sin encargo de venta firmado, la agencia trabaja sin respaldo legal. Si el propietario vende por su cuenta o a través de otra agencia, no tiene obligación de pagar comisión. El encargo de venta es la garantía de que el trabajo de la agencia está protegido.
El propietario puede trabajar con varias agencias y vender por su cuenta. La agencia solo cobra comisión si es ella quien cierra la venta.
Solo una agencia gestiona la venta durante el período pactado. Mayor compromiso de la agencia, mayor dedicación y habitualmente mejores resultados.
Estos son los elementos obligatorios según la práctica del mercado inmobiliario español:
Sin Word, sin impresoras, sin escanear. Todo digital desde el primer momento.
Encargo exclusivo y no exclusivo con cláusulas estándar del sector inmobiliario español. Validadas jurídicamente.
Los datos de la ficha de la propiedad se rellenan solos en el encargo. Cero duplicación de trabajo.
El propietario recibe el encargo por email o WhatsApp y firma desde su móvil. Firma con validez legal en España (eIDAS).
Ves la propiedad con el propietario. Antes de salir, el encargo está enviado y firmado. Sin segunda visita para el papeleo.
Un encargo de venta inmobiliario es el contrato mediante el cual un propietario encomienda a una agencia inmobiliaria la gestión de la venta de su propiedad. Establece el precio de venta, la comisión de la agencia, el plazo de vigencia y si es exclusivo o no exclusivo.
No es obligatorio por ley, pero sí muy recomendable para proteger a la agencia y al propietario. Sin encargo firmado, la agencia no tiene garantía de cobrar su comisión. En España, el encargo de venta es el documento que legitima la actuación de la agencia.
El encargo exclusivo otorga a una sola agencia el derecho exclusivo de vender la propiedad durante el período pactado. El no exclusivo permite al propietario trabajar con varias agencias simultáneamente. El exclusivo suele ofrecer mejor servicio y mayor dedicación de la agencia.
Lo habitual en España es un plazo de 3 a 6 meses con posibilidad de prórroga automática. Plazos más cortos (1 mes) son inusuales ya que no dan tiempo suficiente para una campaña de venta efectiva. Plazos muy largos (más de 1 año) sin cláusula de revisión pueden resultar problemáticos.
La multi-exclusiva es un acuerdo entre varias agencias inmobiliarias para compartir la venta de una propiedad bajo un encargo exclusivo conjunto, repartiéndose la comisión según lo pactado. Combina las ventajas del exclusivo (mayor dedicación) con más exposición al tener varias agencias trabajando la misma propiedad.
Genera el encargo en 30 segundos. El propietario firma desde el móvil. Sin segunda visita, sin papel.
Probar gratis 14 díasContratos incluidos en todos los planes · Firma digital incluida